viernes, 9 de abril de 2010

deber / deber de

El auxiliar deber, seguido de infinitivo, implica obligación; deber de, seguido de infinitivo, denota suposición o probabilidad:

a) Debe llegar a las ocho (tiene la obligación de llegar a esa hora).

b) Debe de llegar a las ocho (el hablante supone que llegará a esa hora).

En la práctica suelen confundirse los dos usos, y no falta quien invierta la regla, pero la RAE rechaza el empleo de deber de + infinitivo para denotar obligación. No obstante, el DPD halla aceptable el empleo de deber+infinitivo en los dos sentidos, por lo que el ejemplo (a) ut supra podría implicar tanto deber como suposición, en dependencia del contexto y la intención del hablante.

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